CENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA





La centralización administrativa es la forma fundamental en la cual se encuentran organizadas las entidades públicas de carácter administrativo.

La principal cualidad de la centralización administrativa, es que las entidades centralizadas se encuentran relacionadas entre sí por un vínculo jerárquico constante.

En la cúspide de la administración pública centralizada se encuentra el Presidente de la República y subordinados a él se localizan todos aquellos órganos públicos inferiores.

La competencia administrativa es el órgano administrativo lo mismo que la capacidad, mientras que la capacidad jurídica es una cualidad intrínseca de las personas que solo termina con la muerte, la competencia administrativa no es una prerrogativa natural y propia.

La diferencia entre la capacidad y la competencia se manifiesta en que la capacidad es regla, puesto que los particulares pueden hacer todo lo que desee en tanto no haya una norma que lo prohíba, y en derecho público, la competencia es la excepción, ya que esta no se presume, sino que es menester que el orden jurídico lo atribuya.

Las entidades que forman parte de administración pública central o centralizada reciben la denominación de órganos administrativos.

Los órganos administrativos que forman parte de administración pública federal son actualmente las secretarias de estado los departamentos administrativos y la consejería jurídica actualmente la ley orgánica de la administración pública federal.

 

 

 


 

 

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